Trabajo Comunal Universitario

El trabajo Comunal Universitario (T.C.U) es un trabajo de extensión de la Universidad, de servicio a la comunidad. “Es una forma de contribuir con la comunidad a la solución de problemas de carácter general”.

Los objetivos del T.C.U., deberán ir orientados a:

  • Contribuir al estudio de los problemas nacionales y locales de manera gratuita, solidaria y sin fines de lucro.
  • Contribuir a la solución de los problemas nacionales y locales, de manera gratuita, solidaria y sin fines de lucro.
  • Acercar la universidad a las comunidades, a fin de conocer sus necesidades y colaborar con aquellos

grupos, proyectos, programas o actividades, que requieran cooperación y apoyo.

El Trabajo Comunal Universitario se realiza siguiendo las indicaciones establecidas por el CONESUP según el Reglamento de Trabajo Comunal o Servicio Social artículo 29 inciso “e” y el Estatuto Orgánico de la Universidad Internacional San Isidro Labrador, título VI, capítulo V, “Del Trabajo Comunal Estudiantil”, en el artículo 76 (Estatuto Orgánico de la UISIL).

En el caso de los estudiantes que han cursado estudios en la UISIL, lo harán en el nivel de Bachillerato;

cuando procedan de otras universidades y no lo han realizado, lo harán en la carrera de Licenciatura.

El estudiante deberá desempeñar 150 horas como mínimo en alguna de las siguientes modalidades: a- Trabajo de Investigación aplicada a problemas de interés nacional.

  • Práctica profesional de interés comunal, social o estudiantil.
  • Trabajos a la comunidad, debidamente certificados.
  • El trabajo comunal se realizará por una única vez. Para todo Trabajo Comunal Universitario se aprobará en un máximo de 8 horas (ocho) diarias (con un periodo de descanso), siempre que el estudiante demuestre tener ese tiempo disponible.

Los estudiantes en el desarrollo del proyecto del Trabajo Comunal Universitario deben cumplir los deberes estipulados en el Capítulo II artículo 63 del Estatuto Orgánico de la U.I.S.I.L. Por otra parte, si existiere un tra- to inapropiado de los funcionarios de institución para con el estudiante; el Director de Escuela, el Director de la Sede o Aula Desconcentrada en coordinación con la persona encargada de supervisar el trabajo, podrá suspender la realización del mismo.

La UISIL podrá reconocer el Trabajo Comunal Universitario a estudiantes provenientes de otras Universida- des, para ello el interesado (a) deberá presentar una certificación original, debidamente sellada y firmada, indicando que el estudiante realizó el T.C.U., así como el número de horas ejecutadas